¿Cobrando pensión alimenticia sin derecho? ¡Cuidado con la Sentencia 232/2024!
Análisis de la Sentencia 232/2024 sobre la devolución de la pensión alimenticia
En este blog, analizaremos la Sentencia 232/2024 de la Sala Primera del Tribunal Supremo español, que aborda la devolución de las cantidades satisfechas en concepto de pensión alimenticia cuando el hijo mayor de edad deja de convivir con el progenitor y se independiza económicamente.
Hechos del caso
En este caso, el padre demandó a la madre para que le devolviera las cantidades pagadas en concepto de pensión alimenticia a su hija mayor de edad, argumentando que la hija había dejado de convivir con la madre y se había independizado económicamente en julio de 2013.
Fundamentos jurídicos de la sentencia
La Sala Primera del Tribunal Supremo, basándose en el artículo 93.2 del Código Civil español, establece que la obligación de prestar alimentos cesa cuando el alimentista alcanza la mayoría de edad y se independiza económicamente. En este caso, la hija había dejado de convivir con la madre y tenía ingresos propios, lo que implicaba que la madre había perdido la legitimación para percibir la pensión alimenticia a partir de julio de 2013.
Conclusión
La Sentencia 232/2024 establece un importante precedente en materia de pensión alimenticia, al confirmar que el progenitor que continúa percibiendo la pensión alimenticia cuando el hijo mayor de edad se independiza económicamente deberá devolver las cantidades cobradas indebidamente a partir del momento en que se produzca dicha independencia.
Implicaciones prácticas
Esta sentencia tiene implicaciones importantes para los progenitores divorciados o separados que tienen hijos mayores de edad. Es importante que estén al tanto de las circunstancias que pueden afectar a la obligación de prestar alimentos, como la independencia económica del hijo. En caso de duda, es recomendable consultar con un abogado para obtener asesoramiento legal personalizado.
Aspectos relevantes adicionales
La sentencia reitera la doctrina jurisprudencial que rechaza la devolución de los alimentos consumidos en necesidades perentorias.
La obligación de devolver las cantidades percibidas como pago de la pensión alimenticia también puede darse en otros supuestos, como la muerte del alimentista o la modificación judicial de la cuantía de la pensión.
Es importante destacar que la sentencia se refiere a un caso concreto y no debe interpretarse como una norma general.
Recomendaciones:
- Infórmate: Si tienes hijos mayores de edad, es crucial que estés al tanto de cuándo y cómo termina la obligación de pagar la pensión alimenticia.
- Consulta con un abogado: En caso de dudas, un abogado te dará el mejor asesoramiento legal para tu caso particular.
- Evita problemas: ¡No te arriesgues a pagar de más! Sé precavido y actúa con conocimiento de causa.
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