Nulidades canónicas al alcance de todos
Como apasionada del Derecho de Familia, en especial del matrimonial ( civil y canónico) y de menores, hace más de 20 años que me Diplomé en Derecho Canónico para obtener la especialización necesaria para formar parte del elenco de abogados del Tribunal eclesiástico (colegiada nº 1662).
Con fecha 8 de diciembre de 2015, el papa Francisco reformó el proceso canónico de declaración de nulidad eliminando el requisito de las dos sentencias conformes para obtenerla, de manera que actualmente, con una única sentencia estimatoria puede obtenerse la nulidad.
También se han acortado determinados plazos, evitando la dilación de los procesos de nulidad y permitiendo su tramitación y fallo en torno a un año. Al mismo tiempo, se ha pronunciado sobre la reducción o incluso la eliminación de las tasas judiciales en los tribunales eclesiásticos.