Relación abuelos y nietos
¿Tienes los abuelos derecho a ver a sus nietos y mantener una relación con ellos?
En ocasiones, y ante problemas familiares como la separación de los progenitores e incluso el fallecimiento de alguno de los mismos, los abuelos tienen dificultades para ver a sus nietos con cierta regularidad. En fechas señaladas como las fiestas navideñas, los cumpleaños o las vacaciones, este problema se hace más patente, y son muchos los abuelos que se preguntan si existe algún instrumento legal para ejercer sus derechos a ver a sus nietos.
Es obvio decir que una sana y continua relación de un niño con sus abuelos es buena e incluso necesaria para su desarrollo. Existe el tópico de que los padres son los encargados de educar, mientras los abuelos son los encargados de malcriar, pero más allá de los clásicos clichés, lo cierto es que los abuelos proporcionan valores y un cariño diferente de los padres.
Los problemas personales o rencillas familiares repercuten, en numerosas ocasiones, en los más pequeños, produciéndose rupturas en la relación con sus abuelos.
Nos encontramos con casos de abuelos que veían a diario a sus nietos, siendo incluso sus cuidadores habituales, hasta abuelos que sólo los veían en ocasiones especiales, y que repentinamente, se ven privados de la relación con los menores. Incluso se dan casos de abuelos que ni siquiera conocen a sus nietos como consecuencia de haber perdido el contacto con sus propios hijos.
¿Tienen los abuelos alguna protección legal para poder ver a sus nietos regularmente? ¿Qué pueden hacer?
Nuestro ordenamiento jurídico otorga derechos y protege tanto a los abuelos como a los nietos. Existe el derecho que tienen los abuelos a relacionarse con sus nietos. Para poder ejercer este derecho tienen la posibilidad de interponer una demanda en reclamación de un régimen de visitas con los menores, lo que les puede ser otorgado o denegado en el caso de existir causa justa.
¿Qué significa causa justa? Toda aquella que perjudique al desarrollo y salud mental y física de los menores, quienes deben ser considerados el interés más digno de protección. No obstante, la existencia de malas relaciones con los progenitores no pueden ser consideradas como una justa causa. Le bastaría al progenitor alegar una mala relación con el abuelo para impedir el ejercicio de este derecho.
¿Cómo se determina el régimen de visitas a favor de los abuelos? ¿Qué modalidades puede haber?
El procedimiento finalizará mediante una resolución, que dictará el Juzgado de Primera Instancia competente, la cual determinará si debe concederse o no un régimen de visitas a favor de los abuelos, concretando cual es el régimen de visitas idóneo en cada caso, teniendo en consideración variables como, la edad de los menores, las relaciones existentes antes de la ruptura o si no hubo relación alguna, si los progenitores están divorciados( en cuyo caso hay que tener en consideración el régimen de visitas del progenitor no custodio), etc.
Hay que tener en cuenta que el régimen de visitas deberá adecuarse a las circunstancias personales de las partes. No es lo mismo establecer un régimen con un bebé, que con menores de 5 años o de 13 años, si el menor no ha pernoctado nunca fuera de su domicilio, etc. De modo que se puede establecer un régimen que puede contener o no la pernocta del menor en casa de sus abuelos o un régimen de visitas progresivo.
En la práctica, ¿Cómo se está desarrollando el ejercicio del derecho de los abuelos?
Actualmente, nos enfrentamos ante un derecho a favor de los abuelos que es muy controvertido en los Tribunales. A pesar de eso, en los Tribunales se trata de buscar el equilibrio justo que proteja el desarrollo psicológico de los menores, y garantice la relación de los mismos con sus abuelos.
En este sentido, en el despacho se han obtenido diferentes sentencias otorgando un régimen de visitas a favor de los abuelos.
¿Es posible establecer un régimen de visitas a favor de otras personas que no sean los abuelos?
Sí, existe la posibilidad de establecer un régimen de visitas a favor de otros parientes o allegados, como por ejemplo tíos y tías o, incluso, exparejas de algún progenitor.