La "casa nido": ¿una solución o un problema en la custodia compartida?

¡Bienvenido el 2025! Comenzamos el año con un tema que sigue siendo de gran relevancia para muchas familias: la custodia compartida. Y dentro de este ámbito, la figura de la «casa nido» ha generado un intenso debate. ¿Es esta la mejor opción para tus hijos después de una separación? Como abogada de familia en Barcelona, me he dedicado a estudiar a fondo este tema, especialmente a la luz de una reciente sentencia del Tribunal Supremo.
En este primer blog del año, te invito a descubrir los entresijos de la «casa nido» y a tomar decisiones informadas sobre el futuro de tu familia.
¿Qué es la custodia compartida y la «casa nido»?
Cuando una pareja se separa, una de las decisiones más difíciles es determinar cómo compartir la custodia de los hijos. La custodia compartida implica que ambos padres tienen la responsabilidad legal de cuidar y criar a sus hijos. Una modalidad cada vez más común es la llamada «casa nido», donde los niños permanecen en el hogar familiar mientras los padres se turnan para vivir allí.
La reciente sentencia del Tribunal Supremo sobre la «casa nido»
Un reciente fallo del Tribunal Supremo español ha arrojado nueva luz sobre la viabilidad de la «casa nido» como opción en casos de custodia compartida. Los jueces han determinado que este modelo, aunque atractivo en teoría, puede generar más problemas que soluciones cuando los padres no mantienen una relación cordial y colaborativa.
¿Por qué la «casa nido» puede no ser la mejor opción?
Conflicto entre los padres: Si los padres mantienen una relación conflictiva, la «casa nido» puede exacerbar las tensiones y generar un ambiente inestable para los niños.
Costos económicos: Mantener tres hogares (el hogar familiar y uno para cada progenitor) puede resultar muy costoso.
Logística compleja: Coordinar los horarios, las tareas domésticas y otros aspectos de la vida diaria puede ser complicado y generar estrés para todos los involucrados.
Impacto emocional en los niños: Aunque la intención es minimizar el impacto en los niños, la realidad es que los cambios constantes en el entorno familiar pueden generar confusión y ansiedad en los más pequeños.
¿Qué dice la ley?
El Tribunal Supremo ha dejado claro que la «casa nido» solo debe considerarse cuando existe un alto grado de acuerdo y cooperación entre los padres. Si alguno de los progenitores se opone o si la relación es conflictiva, este modelo no es recomendable.
Existen varios aspectos fundamentales que deben tenerse en cuenta en relación con la sentencia mencionada:
1. Es necesario un acuerdo entre los excónyuges para implementar el sistema de «casa nido». Este sistema no debe ser impuesto unilateralmente por uno de los progenitores.
2. Para que el sistema de «casa nido» funcione de manera adecuada, es crucial que exista un alto nivel de entendimiento entre los padres. En caso de desacuerdo, excepto en circunstancias excepcionales, no se recomienda adoptar este sistema ya que podría generar conflictos que afecten negativamente a los hijos.
3. Se debe realizar una evaluación detallada de las circunstancias específicas de cada caso para determinar la mejor forma de proteger los intereses de los menores involucrados.
De acuerdo con la Sentencia 757/2024 de 29 de mayo de 2024 del Tribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, Recurso 4313/2023 ‐EDJ 2024/586914‐, para atribuir el uso de la vivienda familiar a los menores en lugar de a uno de los progenitores, es necesario contar con el consentimiento de ambos progenitores.
Es importante destacar que el sistema de «casa nido» resulta más costoso que la custodia compartida tradicional, ya que implica la existencia de tres viviendas: el hogar familiar y una residencia independiente para cada uno de los progenitores tras la separación o el divorcio. Este sistema requiere una mayor planificación y logística, lo que puede representar un desafío adicional para los padres involucrados.
¿Qué alternativas existen?
Si la «casa nido» no es una opción viable, existen otras alternativas para compartir la custodia de los hijos, como:
Custodia compartida tradicional: Los niños viven parte del tiempo con cada progenitor.
Custodia alterna: Los niños se turnan para vivir con cada progenitor por períodos más largos.
Plan de crianza personalizado: Un plan a medida que se adapta a las necesidades específicas de cada familia.
Conclusión
La custodia compartida, y en particular el modelo de ‘casa nido’, es una decisión compleja que requiere un análisis individualizado. Si te encuentras en esta situación, te recomiendo buscar el asesoramiento de un abogado especializado en derecho de familia.
En Elvira Rodríguez Sáenz Abogada, podemos ayudarte a encontrar la mejor solución para tu familia.
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